Se realizó este jueves en la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba la audiencia oral y pública en los autos caratulados "Videla, Jorge Rafael y otros p.ss.aa. Abuso de poder, Allanamiento ilegal de domicilio, Robo calificado, privación ilegítima de la libertad agravada, imposición de tormentos" (Expte. 755/2010).
En primer lugar se escuchó al Fiscal General ante la Cámara Federal de Apelaciones, Alberto Lozada, quien solicitó que se revoque el sobreseimiento dictado por el Juzgado Federal Nº 3 en favor de Jorge Rafael Videla en los hechos relacionados con el apoderamiento de la empresa y los bienes del grupo Mackentor y se revoque el rechazo al pedido de nulidad de la sentencia que oportunamente se dicto en igual sentido a favor de Luciano Benjamín Menéndez.
El fiscal sostuvo que la Cámara Nacional de Casación Penal, en esta misma causa en el año 2007 ya había fallado al respecto considerando estos delitos como delitos conexos a los delitos de lesa humanidad y por lo tanto dictaminando su imprescriptibilidad, por lo que este criterio, de un tribunal jerárquicamente superior, debió ser respetado por el juez subrogante del Juzgado Federal Nº 3. A su entender, el juez cometió una equivocación al considerar que estos delitos sólo afectaban el derecho a la propiedad de las personas y de las empresas.
En segundo lugar, se escuchó al letrado Jorge Agüero, defensor del imputado Luis Alberto Manzanelli quien dijo en oportunidad de llevarse adelante la acción civil en esta causa, la justicia ya había dicho que todo lo actuado por el estado nacional en esta causa esos años había sido legal. Agregó, que a su entender esta causa se reabre por las demandas millonarias contra el estado que puede venir y que el paso penal, de esta manera se hace necesario.
Aseguró, que las víctimas de privación ilegitima de la libertad y de tormentos agravados no reconocieron a su defendido y que se lo imputa en esta causa porque él prestaba servicios en el área de inteligencia en esos años. Solicitó que se revoque la resolución de procesamiento y embargo contra Manzanelli y se ordene su libertad.
Luego expuso Ernesto Gaudin, defensor de José Luis Yañez quien solicitó que su defendido sea sobreseído y que se declare la nulidad del procesamiento.
Tras un cuarto intermedio presentó su informe Osvaldo Viola, defensor de Jorge Exequiel Acosta. El defensor adhirió a los conceptos de Agüero en cuanto a los intereses económicos que puede haber en esta causa y dijo que los delitos de privación de la libertad y tormentos agravados atribuidos a su defendido no pudieron haber sido cometidos por el ya que deben ser cometidos por funcionarios públicos y Acosta en aquellos años era capitán del ejército y no funcionario público, según la definición de funcionario público vigente en el año 1977. Solicitó la nulidad de las indagatorias, del requerimiento de instrucción y del auto de elevación a juicio.
El Tribunal pasó a cuarto intermedio hasta el próximo viernes 16 de marzo a las 10.30 hs donde se escuchará el informe oral de la defensora Mercedes Crespi , en relación a sus defendidos Jorge Rafael Videla, Luciano Benjamín Menéndez, Arnaldo López, Ricardo Lardone, Héctor Rodríguez, Ernesto Barreiro, Carlos Díaz, Carlos Vega, Angel Corvalán, Andrés Tofalo, Enrique Maffei, y Héctor Romero. Además, aún resta que los magistrados escuchen el informe de la querella representada por los abogados Juan Carlos Vega y Marisa Bollea
Antecedentes de la causa:
La causa se investiga el apoderamiento de la empresa Mackentor por parte del gobierno de facto, iniciado a partir del 24 de marzo de 1976, y el concomitante secuestro de sus directivos y accionistas. A raíz de una investigación llevada a cabo por el Ejército respecto de una supuesta financiación de actividades subversivas por parte de la citada empresa Mackentor, las víctimas de la causa –directivos, personal jerárquico, ex empleados o bien familiares de dichas personas- habrían sido detenidas en sus respectivos domicilios por una orden de allanamiento ilegal y luego conducidas a los mencionados centros clandestinos de detención “La Ribera” y “La Perla”, permaneciendo allí en cautiverio, donde habrían sido sometidas a tortura.
En concreto, se atribuye a Jorge Rafael Videla y Luciano Benjamín Menéndez la presunta comisión de los delitos de abuso de poder, allanamiento ilegal de domicilio y robo calificado en perjuicio de los accionistas del grupo empresario Mackentor, conformado por varias empresas e inmuebles, los cuales habrían sido apropiados ilegítimamente por orden de los nombrados.
Cabe señalar que por estos ilícitos ambos imputados se encuentra sobreseídos, habiendo sido recurrida dicha decisión por el Ministerio Público Fiscal.
Por otra parte, también se atribuye a Videla y a Menéndez, así como al personal militar y civil de inteligencia que prestaba servicios en los referidos centros clandestinos de detención La Ribera y La Perla, la comisión de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada e imposición de tormentos en perjuicio de los accionistas y empleados del grupo empresario Mackentor durante su estadía en dichos campos clandestinos de detención.
En primer lugar se escuchó al Fiscal General ante la Cámara Federal de Apelaciones, Alberto Lozada, quien solicitó que se revoque el sobreseimiento dictado por el Juzgado Federal Nº 3 en favor de Jorge Rafael Videla en los hechos relacionados con el apoderamiento de la empresa y los bienes del grupo Mackentor y se revoque el rechazo al pedido de nulidad de la sentencia que oportunamente se dicto en igual sentido a favor de Luciano Benjamín Menéndez.
El fiscal sostuvo que la Cámara Nacional de Casación Penal, en esta misma causa en el año 2007 ya había fallado al respecto considerando estos delitos como delitos conexos a los delitos de lesa humanidad y por lo tanto dictaminando su imprescriptibilidad, por lo que este criterio, de un tribunal jerárquicamente superior, debió ser respetado por el juez subrogante del Juzgado Federal Nº 3. A su entender, el juez cometió una equivocación al considerar que estos delitos sólo afectaban el derecho a la propiedad de las personas y de las empresas.
En segundo lugar, se escuchó al letrado Jorge Agüero, defensor del imputado Luis Alberto Manzanelli quien dijo en oportunidad de llevarse adelante la acción civil en esta causa, la justicia ya había dicho que todo lo actuado por el estado nacional en esta causa esos años había sido legal. Agregó, que a su entender esta causa se reabre por las demandas millonarias contra el estado que puede venir y que el paso penal, de esta manera se hace necesario.
Aseguró, que las víctimas de privación ilegitima de la libertad y de tormentos agravados no reconocieron a su defendido y que se lo imputa en esta causa porque él prestaba servicios en el área de inteligencia en esos años. Solicitó que se revoque la resolución de procesamiento y embargo contra Manzanelli y se ordene su libertad.
Luego expuso Ernesto Gaudin, defensor de José Luis Yañez quien solicitó que su defendido sea sobreseído y que se declare la nulidad del procesamiento.
Tras un cuarto intermedio presentó su informe Osvaldo Viola, defensor de Jorge Exequiel Acosta. El defensor adhirió a los conceptos de Agüero en cuanto a los intereses económicos que puede haber en esta causa y dijo que los delitos de privación de la libertad y tormentos agravados atribuidos a su defendido no pudieron haber sido cometidos por el ya que deben ser cometidos por funcionarios públicos y Acosta en aquellos años era capitán del ejército y no funcionario público, según la definición de funcionario público vigente en el año 1977. Solicitó la nulidad de las indagatorias, del requerimiento de instrucción y del auto de elevación a juicio.
El Tribunal pasó a cuarto intermedio hasta el próximo viernes 16 de marzo a las 10.30 hs donde se escuchará el informe oral de la defensora Mercedes Crespi , en relación a sus defendidos Jorge Rafael Videla, Luciano Benjamín Menéndez, Arnaldo López, Ricardo Lardone, Héctor Rodríguez, Ernesto Barreiro, Carlos Díaz, Carlos Vega, Angel Corvalán, Andrés Tofalo, Enrique Maffei, y Héctor Romero. Además, aún resta que los magistrados escuchen el informe de la querella representada por los abogados Juan Carlos Vega y Marisa Bollea
Antecedentes de la causa:
La causa se investiga el apoderamiento de la empresa Mackentor por parte del gobierno de facto, iniciado a partir del 24 de marzo de 1976, y el concomitante secuestro de sus directivos y accionistas. A raíz de una investigación llevada a cabo por el Ejército respecto de una supuesta financiación de actividades subversivas por parte de la citada empresa Mackentor, las víctimas de la causa –directivos, personal jerárquico, ex empleados o bien familiares de dichas personas- habrían sido detenidas en sus respectivos domicilios por una orden de allanamiento ilegal y luego conducidas a los mencionados centros clandestinos de detención “La Ribera” y “La Perla”, permaneciendo allí en cautiverio, donde habrían sido sometidas a tortura.
En concreto, se atribuye a Jorge Rafael Videla y Luciano Benjamín Menéndez la presunta comisión de los delitos de abuso de poder, allanamiento ilegal de domicilio y robo calificado en perjuicio de los accionistas del grupo empresario Mackentor, conformado por varias empresas e inmuebles, los cuales habrían sido apropiados ilegítimamente por orden de los nombrados.
Cabe señalar que por estos ilícitos ambos imputados se encuentra sobreseídos, habiendo sido recurrida dicha decisión por el Ministerio Público Fiscal.
Por otra parte, también se atribuye a Videla y a Menéndez, así como al personal militar y civil de inteligencia que prestaba servicios en los referidos centros clandestinos de detención La Ribera y La Perla, la comisión de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada e imposición de tormentos en perjuicio de los accionistas y empleados del grupo empresario Mackentor durante su estadía en dichos campos clandestinos de detención.
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