lunes, 26 de marzo de 2012

El juicio del Comando Radioeléctrico y el accionar policial

Sangre azul

“Este juicio demuestra que toda la estructura de la Policía de Córdoba recibía órdenes de Luciano Benjamín Menéndez”, consideró el fiscal Carlos Gonella. Una de las pruebas principales se registra en una felicitación por el asesinato de tres integrantes de la JUP en 1976, incluida en el legajo de los acusados,  con carácter oficial.

Fue un típico operativo ventilador. Los secuestraron y masacraron a escasas horas para arrojarlos en cercanías al Chateau Carreras”, describe Carlos Gonella, fiscal federal que llevó a delante la acusación contra Pedro Nolasco Bustos, Jorge Vicente Worona y Carlos Olivieri, ex policías juzgados por asesinar a tres militantes de la Juventud Universitaria Peronista en 1976.

El juicio se realizó en el Tribunal Oral Nº 2 y se vio alterado por sucesivas amenazas a familiares de las víctimas. Es que el llamado “juicio del Comando Radioeléctrico” movió el amperímetro de los sectores reaccionarios que vieron cuestionada la imagen de la policía cordobesa. Efectivamente, el fiscal concluye que durante el proceso quedó “absolutamente probada la subordinación” de la fuerza de seguridad “a las directivas de Luciano Benjamín Menéndez en el aparato represivo”.

Los jueces tienen en sus manos material probatorio que incluye una felicitación en los legajos de los procesados de parte del jefe de la policía por fusilar a Ana María Villanueva, Carlos Delfino Oliva y Jorge Manuel Díez. Así de impune se constituyó la represión cordobesa, “un aparato de Estado terrorista, que actuaba con previsión de impunidad, con testigos amenazados, otros muertos, y órdenes de quemar pruebas, todos mecanismos para implantar el miedo”, avanza Gonella.

–¿Qué sumará este cuarto juicio al cúmulo de sentencias sobre el terrorismo de Estado en Córdoba?

–Además de brindar justicia a las familias de las víctimas, el dato relevante es que está comprobada por primera vez la participación de personal del Comando Radioeléctrico, en una operación típica de lo que fue un operativo “ventilador”. Es decir, personas que fueron secuestradas y las mataron, arrojándolas en la vía pública, con la excusa de un intento de fuga y posterior enfrentamiento.

–En los juicios anteriores la participación de integrantes del Comando era aislada.

–En el juicio de la UP1, donde se acumuló la causa Urquiza, ya teníamos identificado a un ex comando radioeléctrico como Fernando Rocha, adentro del D2, torturando a Urquiza y a su compañeros. De manera tal que allí tuvimos una muestra de que es lo que hacía esta gente que pertenecía a la repartición. Aquí se demostró el rol operativo que les cabía a brigadas del Comando Radioeléctrico, en el sentido de que ellos patrullaban, hacían controles en la calle, con información de inteligencia que recababan del departamento de informaciones, detectaban a los blancos, o enemigos como los llamaban. Este fue un caso paradigmático: secuestro en la vía pública y ejecución a escasas horas en un lugar acostumbrado para este tipo de operaciones como fue la zona del Chateau Carreras. Recordemos que en esa zona se mató a Vaca Narvaja, De Breuil y Toranzo y hubo otro hecho con cuatro víctimas de julio de 1976.

Una esquina, el territorio. El comando policial secuestró a los tres jóvenes militantes en la esquina de las avenidas Octavio Pinto y Caraffa, en barrio Bajo Palermo, a escasas cuadras del domicilio histórico de Menéndez.

Ángel Villanueva, hermano de Ana María, una de las víctimas, inició su propia investigación para recabar elementos que le permitieran llevar a juicio a los asesinos de su hermana. La joven, junto a sus dos compañeros, había quedado en juntarse para trasladar un mimeógrafo con que imprimían volantes de la JUP. El caso fue el de tantos de su generación comprometidos más allá de los riesgos.

–En la lógica represiva, el papel de la policía estaba relacionado con su cobertura territorial, donde el Comando Radioeléctrico tiene un papel clave en ese despliegue. ¿Este juicio reelabora el papel de los sectores internos de la policía bajo el control del Ejército?

–Por ser una fuerza que trabaja sobre el territorio, el papel policial es central. En esta causa, testigos como Graciela Geuna, Ricardo Escalep, como el diputado Félix Ernesto Martínez, dieron a conocer que el Comando Radioeléctrico era temido por los estudiantes, porque a través de los controles callejeros se detenía mucha gente que llevaban automáticamente al D2. El testimonio del comisario retirado Salgado en este juicio, acusado en la causa UP1, también estableció que había una nutrida concurrencia del personal del Comando al D2. En resumen, secuestraba gente en la vía pública y la llevaba al D2 para que los torturen. Esta participación es orgánica, con un patrón de actividades represivas. Las víctimas de esta causa fueron reconocidas en la calle porque ya habían estado en el D2. El Comando Radioeléctrico dependía de la unidad Regional Nº 1, de capital, por encima estaba la jefatura de policía. Desde 1976 hasta 1982 todos los jefes de policía fueron militares. Los tres acusados cuentan con una felicitación en su legajo por participar en el operativo, junto a otros tres que ya fallecieron. Fue un pedido del comisario a cargo del Comando al jefe de policía, en virtud a “los méritos puestos de manifiesto” en la masacre. El jefe de policía los felicitó y los premió con cinco días de licencia.

–¿Cómo era la relación entre la policía y el Ejército en la práctica?

–Está demostrado el papel de la Policía de Córdoba en la represión ilegal, durante el terrorismo de Estado. Y tenemos abultada prueba que acredita que hay seudonormas que establecían que las fuerzas de seguridad policiales y penitenciarias a nivel nacional dependían del Ejército en la denominada lucha contra la subversión. Estuvo dispuesto por el decreto del PEN 2272/75 y la directiva del Ejército Argentino 404/75, de Jorge R. Videla.

–¿Era la forma de darle un encuadramiento normativo a la represión?

–Hicieron una especie de reglamentación de la directiva 175, que es la del Consejo de Defensa de María Estela Martínez de Perón, donde le atribuyen al Ejército la responsabilidad primaria en la lucha contra “la subversión”. Recordemos que esto empezó en 1975, en Tucumán, y después se extendió a todo el país. A través de esta directiva se le da al Ejército la responsabilidad y la fuerza, elaborando los detalles de cada rol y ahí es donde se dispone que la policía quede bajo su control operacional. Así, dentro del orden jerárquico dentro de la carrera de mandos, la policía recibía órdenes de los titulares de los cuerpos de Ejército. En Córdoba era Luciano Benjamín Menéndez, toda la estructura de la Policía de Córdoba recibía sus órdenes. Está acreditado por las reuniones de la Comunidad Informativa, que era una instancia donde se reunían regularmente todos los jefes de inteligencia de las distintas áreas de fuerzas de seguridad de Córdoba, incluidas las de gobierno, para evaluar las políticas para la represión en la provincia.

–Esa relación era previa al golpe de estado de 1976.

–Sí, es importante establecer que la relación de la policía y el Ejército antes del golpe de Estado se produce a través del Comando Libertadores de América, donde las relaciones eran diferentes. Antes del 24 de marzo se manejaban en una cierta posición de igualdad, e incluso podría arriesgarse que la policía tenía un poco más de poder que el Ejército. Pero al derrocar al gobierno democrático, los militares pasaron a tener preeminencia. Ellos eran mucho más avezados en técnicas de guerra contrarrevolucionaria. Los testimonios de Geuna indican que en La Perla se lamentaron por la rápida muerte de las tres víctimas porque acusaban a la policía de matar sin obtener información previamente.

_______________________________________________________________________________

El secuestro

Carmen Oliva, hermana de Carlos Oliva, testimonió en la sala de audiencias del TOF 2 que el 2 de junio de 1976, al mediodía, recibió la visita de Héctor Hunziker, quien militaba junto con las víctimas. Según explicó Oliva, Hunziker, muy “shockeado”, le contó que cuando que se encontraba con Jorge Diez, este vio pasar a un agente del D2 al que reconoció por haber estado detenido antes por averiguación de antecedentes.

Hunziker se dirigió a una parada de colectivo y los demás subieron rápidamente al Fiat 128 azul, propiedad de Diez. Desde ahí pudo observar que “dos patrulleros los interceptan. Intentan huir, pero a Jorge y Ana los agarran de los pelos y meten al auto”. Oliva dijo que su hermano se había agarrado a un poste y no lo podían sacar. “Se siente un tiro, ahí se desploma, lo arrastran al auto y se van”, contó la testigo.
______________________________________________________________________________

La memoria como prueba

Uno de los puntos más fuertes de la estrategia de la defensa de los imputados fue cuestionar la validez de los testimonios, a más de 30 años de ocurridos los hechos. Esto planteos llevaron a Gonella a fundamentar en su alegato sobre el papel de la memoria como herramienta probatoria en procesos de lesa humanidad. “Desde la perspectiva de las ciencias sociales –dice el fiscal–, Yosef Yarushalmi acuñó el término anamnesis (o razón anamnética) como imperativo ético de la memoria para recordar procesos industriales de extermino. Esto se aplica en situaciones como el nazismo o la represión argentina. Sucede que el concepto de memoria es complejo, donde interactúa lo individual con lo colectivo, que no es sólo la suma de memorias individuales. Es producto de tensiones de los sujetos consigo mismos y con el resto que los rodea acerca de eventos traumáticos vividos en el pasado. Hay un fuerte contenido simbólico en ese concepto. Por eso vemos cómo esas tensiones se transforman en un imperativo ético para las sociedades, al momento de buscar justicia sobre estos procesos criminales.

Gonella analizó el uso que los distintos gobiernos hicieron de la memoria, desde la vuelta de la democracia. “Alfonsín introdujo los juicios y el informe de la Conadep, junto con las leyes de impunidad, utilizando en definitiva la teoría de los dos demonios (que equilibra la el terrorismo de Estado con el accionar violento de la guerrilla, N. de R.); Menem instrumentó la política de no memoria, incluso reuniendo a las cúpulas militares y de Montoneros en una misa en la catedral de Luján, con el objetivo de olvidar el pasado y mirar hacia el futuro. Esto se coronó con los indultos”, reconstruye.

Y agrega: “A partir de aquí aparecen elementos que trastocan el análisis de los delitos de lesa humanidad, como la irrupción de HIJOS con los escraches, las confesiones de Scilingo ante el juez Baltasar Garzón, la gesta de las Madres y Abuelas de Plaza de mayo”.

Gonella entiende que en el 2003 se inicia otro proceso donde las demandas de justicia se plasmaron en una política de Estado. “Esto no quedó reservado al ámbito del Poder Ejecutivo sino que se trasladó a los otros dos poderes, porque la Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, que permitió continuar causas detenidas y que se abrieran otras. A su vez, el Congreso dictó leyes para agilizar los juicios. El Ejecutivo instrumentó programas de memoria, verdad y justicia, creándose equipos de protección de testigos en el ámbito del Ministerio de Justicia. El Ministerio Público Fiscal creó la Unidad de Coordinación y Seguimiento de las causas de lesa humanidad, un equipo de trabajo ha sistematizado la información disponible y propone soluciones prácticas acerca de cómo llevar adelante estos juicios. Esto fue refrendado por una acordada de la Cámara de Casación Penal, recomendando a los jueces que apliquen metodologías que den respuesta razonable a las demandas de justicia”.
_______________________________________________________________________________

Excusas

El acusado Pedro Nolasco Bustos basó parte de su defensa en argumentar que era víctima de una persecución por haberse casado con una funcionaria judicial. Se trata de la secretaria del Juzgado Federal Nº 1, Liliana Navarro. Según Bustos, Navarro aspira a ocupar mejores cargos en la Justicia Federal cordobesa y el juicio era una excusa para frustrar la carrera de la madre de su hijo, que también trabaja en tribunales.

Navarro viene siendo impugnada públicamente para concursar cargos por su relación con el genocida, entre otros por Luis Miguel Baronetto, ex preso político y dirigente de DD.HH. Si Bustos quería ayudar a Navarro, mejor se hubiese callado.

miércoles, 14 de marzo de 2012

Se realizó audiencia en causa contra Videla y Menéndez por el secuestro de empresarios

Se realizó este jueves en la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba la audiencia oral y pública en los autos caratulados "Videla, Jorge Rafael y otros p.ss.aa. Abuso de poder, Allanamiento ilegal de domicilio, Robo calificado, privación ilegítima de la libertad agravada, imposición de tormentos" (Expte. 755/2010).



En primer lugar se  escuchó al Fiscal General ante la Cámara Federal de Apelaciones, Alberto Lozada, quien solicitó que se revoque el sobreseimiento dictado por el Juzgado Federal Nº 3 en favor de Jorge Rafael Videla en los hechos relacionados con el apoderamiento de la empresa y los bienes del grupo Mackentor y se revoque el rechazo al pedido de nulidad de la sentencia que oportunamente se dicto en igual sentido a favor de Luciano Benjamín Menéndez.

El fiscal sostuvo  que la Cámara Nacional de Casación Penal, en esta misma causa en el año 2007 ya había fallado al respecto considerando estos delitos como delitos conexos a los delitos de lesa humanidad y por lo tanto  dictaminando su imprescriptibilidad, por lo que este criterio,  de un tribunal jerárquicamente superior, debió ser respetado por el juez subrogante del Juzgado Federal Nº 3. A su entender, el juez cometió una equivocación al considerar que estos delitos sólo afectaban el derecho a la propiedad de las personas y de las empresas.

En segundo lugar, se escuchó al letrado Jorge Agüero, defensor del imputado Luis Alberto Manzanelli quien dijo en oportunidad de llevarse adelante la acción civil  en esta causa, la justicia ya había dicho que todo lo actuado por el estado nacional en esta causa esos años había sido legal. Agregó, que a su entender esta causa se reabre por las demandas millonarias contra el estado que puede venir y que el paso penal, de esta manera se hace necesario.

Aseguró, que las víctimas de privación ilegitima de la libertad y de tormentos agravados no reconocieron a su defendido y que se lo imputa en esta causa porque él prestaba servicios en el área de inteligencia en esos años. Solicitó que se revoque  la resolución de procesamiento y embargo contra Manzanelli y se ordene su libertad.

Luego expuso Ernesto Gaudin, defensor de José Luis Yañez quien solicitó que su defendido sea sobreseído y que se declare la nulidad del procesamiento.

Tras un cuarto intermedio presentó su informe Osvaldo Viola, defensor de Jorge Exequiel Acosta. El defensor adhirió a los conceptos de Agüero en cuanto a los intereses económicos que puede haber en esta causa y dijo que los delitos de privación de la libertad y tormentos agravados atribuidos a su defendido no pudieron haber sido cometidos por el ya que deben ser cometidos por funcionarios públicos y Acosta en aquellos años era capitán del ejército y no funcionario público, según la definición de funcionario público vigente en el año 1977. Solicitó la nulidad de las indagatorias, del requerimiento de instrucción y del auto de elevación a juicio.

El Tribunal pasó a cuarto intermedio hasta el próximo viernes 16 de marzo a las 10.30 hs donde se escuchará el informe oral de la defensora Mercedes Crespi , en relación a sus defendidos Jorge Rafael  Videla, Luciano Benjamín Menéndez, Arnaldo López, Ricardo Lardone, Héctor Rodríguez, Ernesto Barreiro, Carlos Díaz, Carlos Vega, Angel Corvalán, Andrés Tofalo, Enrique Maffei, y Héctor Romero. Además, aún resta que los magistrados escuchen el informe de la querella representada por los abogados Juan Carlos Vega y Marisa Bollea

Antecedentes de la causa:

La causa se investiga el apoderamiento de la empresa Mackentor por parte del gobierno de facto, iniciado a partir del 24 de marzo de 1976, y el concomitante secuestro de sus directivos y accionistas. A raíz de una investigación llevada a cabo por el Ejército respecto de una supuesta financiación de actividades subversivas por parte de la citada empresa Mackentor, las víctimas de la causa –directivos, personal jerárquico, ex empleados o bien familiares de dichas personas- habrían sido detenidas en sus respectivos domicilios por una orden de allanamiento ilegal y luego conducidas a los mencionados centros clandestinos de detención “La Ribera” y “La Perla”, permaneciendo allí en cautiverio, donde habrían sido sometidas a tortura.

En concreto, se atribuye a Jorge Rafael Videla y Luciano Benjamín Menéndez la presunta comisión de los delitos de abuso de poder, allanamiento ilegal de domicilio y robo calificado en perjuicio de los accionistas del grupo empresario Mackentor, conformado por varias empresas e inmuebles, los cuales habrían sido apropiados ilegítimamente por orden de los nombrados.

Cabe señalar que por estos ilícitos ambos imputados se encuentra sobreseídos, habiendo sido recurrida dicha decisión por el Ministerio Público Fiscal.

Por otra parte, también se atribuye a Videla y a Menéndez, así como al personal militar y civil de inteligencia que prestaba servicios en los referidos centros clandestinos de detención La Ribera y La Perla, la comisión de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada e imposición de tormentos en perjuicio de los accionistas y empleados del grupo empresario Mackentor durante su estadía en dichos campos clandestinos de detención.

jueves, 8 de marzo de 2012

Los robos de los represores

Audiencia por el vaciamiento de la empresa Mackentor durante la dictadura

La Cámara Federal de Córdoba debe decidir si revoca un fallo con el que Videla y Menéndez fueron sobreseídos por robo. La fiscalía sostuvo que la Cámara de Casación Penal ya dijo que estos delitos son conexos a los de lesa humanidad.

Por Waldo Cebrero
Desde Córdoba

El expediente en el que se investiga el vaciamiento de la empresa Mackentor durante la última dictadura volvió a ser tratado, luego de meses de parálisis, por la Justicia cordobesa. La Cámara Federal de Apelaciones de esa provincia realizó una audiencia en la que comenzaron a escuchar los informes de las partes involucradas en este caso emblemático de delitos económicos cometidos por el terrorismo de Estado. La causa también incluye el secuestro y los tormentos que sufrieron 29 personas, entre empleados y directivos.

Jorge Rafael Videla y Luciano Benjamín Menéndez son los principales acusados, junto a otros 17 militares y personal civil de Inteligencia. Meses atrás, ambos fueron sobreseídos por el delito de robo calificado. Por eso ayer en la audiencia, presidida por los jueces Abel Sánchez Torres, José María Pérez Villalobo y Carlos Lascano, el fiscal Alberto Lozada pidió que se revoque el fallo que favorece a Videla y Menéndez.

Losada sostuvo que la Cámara Nacional de Casación Penal, en esta misma causa, ya había considerado en 2007 estos delitos como conexos a los de lesa humanidad y por lo tanto imprescriptibles. Tres de los cuatro abogados defensores también alegaron ayer, y el viernes 16 será el turno del querellante Carlos Vega. “Vamos a pedir que se reordene la causa –dijo el abogado–. El mes que viene se cumplirán 35 años desde que Luciano Benjamín Menéndez ordenó la ocupación militar de la empresa, acusando a sus dueños de sostener económicamente a la subversión.”

Eso ocurrió la mañana del lunes 25 de abril de 1977. Ese día, en varios operativos realizados en Córdoba y Buenos Aires, fueron secuestrados 19 empleados y todos los accionistas de la firma. El presidente de Mackentor, Natalio Kejner y el síndico, Gustavo Roca, lograron huir del país. Regresaron en 1984, cuando el Estado devolvió la empresa virtualmente vaciada. Para presionar a Kejner y obligarlo a volver al país, su hermana Marta fue apresada en 1977 y mantenida durante un año como rehén en la cárcel del Buen Pastor.

El resto de los socios purgó una condena de entre cuatro y cinco años que fue anulada recién en 1982, cuando el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas y la Corte Suprema los declaró inocentes, ya que no pudieron comprobar que habían colaborado económicamente con Montoneros. “Mackentor era una empresa que molestaba al poder económico-político porque no participaba de los lobbies empresarios para la adjudicación de las obras públicas”, dijo Jorge Paván, hijo de Luis Paván, uno de los directivos.

Dos meses después de la ocupación militar, el fallecido juez Zamboni Ledesma dictó la intervención judicial de la empresa. Su secretaria era entonces Cristina Garzón de Lascano, quien luego fue la titular del Juzgado Federal No 3 hasta el 2010 e intervino en el proceso judicial.

Ayer volvieron a reunirse los hijos de los directivos que ahora impulsan también la causa. Para todos, el recuerdo de aquel 25 de abril es el comienzo de una etapa oscura en sus vidas. El día que dejaron de ser los hijos de respetados empresarios para comenzar a transitar las cárceles del país, en busca de sus familiares detenidos.

Entre todos los secuestrados, cuatro abogados de la empresa aún permanecen desaparecidos. Cuando Natalio Kejner retornó de su exilio en Venezuela e Italia, inició en 1985 un juicio civil contra el Estado pidiendo que se le repare el daño ocasionado, pero la jueza Garzón de Lascano y luego la Cámara Federal de Córdoba fallaron en su contra, argumentando la prescripción de los hechos y lo condenaron a pagar más de dos millones de dólares en concepto de honorarios. El director de Mackentor nunca pudo afrontar esa deuda y la empresa quebró finalmente en 1998.

El viernes 16, el abogado Carlos Vega pedirá en su alegato que se declare la nulidad de esa sentencia y de la quiebra, y que “se amplíe el objeto de la investigación abarcando el accionar de la Justicia durante la democracia”.

lunes, 5 de marzo de 2012

Se realizará audiencia en causa contra Videla por el secuestro de empresarios

Será el próximo jueves, ante la Sala B de la Cámara Federal de Córdoba. Es por recursos de apelación presentados por las defensas y el Ministerio Público Fiscal. En el caso se investiga el apoderamiento de la empresa Mackentor

El próximo jueves 8 de marzo de 2012 a las 11 horas se realizará en la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba la audiencia oral y pública en los autos caratulados “VIDELA, Jorge Rafael y otros p.ss.aa. Abuso de poder, Allanamiento ilegal de domicilio, Robo calificado, privación ilegítima de la libertad agravada, imposición de tormentos” (Expte. 755/2010).

La audiencia se desarrollará en la Sala B de dicho Tribunal y será presidida por el Dr. Abel G. Sánchez Torres, acompañado por los Dres. José María Pérez Villalobo y Carlos Julio Lascano.

En la mencionada causa se investiga el apoderamiento de la empresa Mackentor por parte del gobierno de facto, iniciado a partir del 24.03.1976 y el concomitante secuestro de sus directivos y  accionistas. A raíz de una investigación llevada a cabo por el Ejército respecto de una supuesta financiación de actividades subversivas por parte de la citada empresa Mackentor, las víctimas de la causa –directivos, personal jerárquico, ex empleados o bien familiares de dichas personas- habrían sido detenidas en sus respectivos domicilios por una orden de allanamiento ilegal y luego conducidas a los mencionados centros clandestinos de detención “La Ribera” y “La Perla”, permaneciendo allí en cautiverio, donde habrían sido sometidas a tortura.
En concreto, se atribuye a Jorge Rafael Videla y Luciano Benjamín Menéndez la presunta comisión de los delitos de abuso de poder, allanamiento ilegal de domicilio y robo calificado en perjuicio de los accionistas del grupo empresario Mackentor, conformado por varias empresas e inmuebles, los cuales habrían sido apropiados ilegítimamente por orden de los nombrados.

Cabe señalar que por estos ilícitos ambos imputados se encuentra sobreseídos, habiendo sido recurrida dicha decisión por el Ministerio Público Fiscal.

Por otra parte, también se atribuye a Videla y a Menéndez, así como al personal militar y civil de inteligencia que prestaba servicios en los referidos centros clandestinos de detención La Ribera y La Perla, la comisión de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada e imposición de tormentos en perjuicio de los accionistas y empleados del grupo empresario Mackentor durante su estadía en dichos campos de detención.